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  • Foto del escritorFrydman & Asociados

Obligaciones patronales

Actualizado: 27 jun 2019

Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)


El seguro de Riesgos del Trabajo, sancionado mediante la Ley 24557, obliga a todo empleador a afiliarse a una aseguradora de riesgo (ART) o a garantizar la protección de sus trabajadores. Se buscó un mecanismo que permitiera enfrentar las contingencias que generan accidentes y enfermedades laborales, y se hizo hincapié en la prevención de riesgos.


En los casos en que el daño se genera, el trabajador está protegido en los aspectos económicos, y en lo que se refiere a la rehabilitación y a su reinserción laboral si perdura la incapacidad, brindando de esta forma un respaldo cierto y previsible al empleador y su empresa.


Actualmente en el mercado asegurador argentino, existen dos tipos de regímenes para dar cobertura a los trabajadores en relación de dependencia:

  • Régimen General: Empleados en el marco del trabajo formal tradicional

  • Régimen Especial: Empleados de Casas Particulares


Seguro de Vida Obligatorio Decreto Ley 1567/74

El Decreto Ley 1567/74 establece que el empleador debe contratar un seguro de vida para todo el personal en relación de dependencia, exceptuando a los trabajadores rurales.


Seguro para amparar la Ley de Contrato Modular

La Ley de Contrato de Trabajo N° 20.774 establece la obligatoriedad de los empleadores de abonar una indemnización a sus empleados cuando éstos fallecen o quedan incapacitados para trabajar.


Seguro de Vida Colectivo Convenio Mercantil 130/75

El Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 alcanza a todo el personal en relación de dependencia de empresas asociadas a la Cámara Argentina de Comercio, estableciendo la obligatoriedad de la contratación de un seguro de vida.

 

Jose Martin Frydman | Productor Asesor de Seguros Mat.51902

Organización FRYDMAN & ASOCIADOS

Fontana 540 – Trelew | Tel 2804815540

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